Como excepción se mantienen aquellas actividades que estén dirigidas a la atención y cuidado de las personas especialmente vulnerables, como las personas sin hogar, y con condiciones el reparto de alimentos.
Cáritas Diocesana de Toledo, siguiendo lo establecido en el Real Decreto Real Decreto 463/2020, y tras la oportuna consulta con el director General de Acción Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Gregorio Gómez, ha comunicado a todos los voluntarios de la entidad que hasta el 30 de marzo de 2020 se suspenden las actividades genéricas de voluntariado, excepto aquellas que estén dirigidas a la atención y cuidado de personas especialmente vulnerables.
En este sentido según el comunicado enviado este domingo, 15 de marzo a todos los voluntarios quedan suspendidas desde el 16 de marzo de 2020 y hasta el 30 de marzo de 2020 las siguientes actividades de voluntariado: Acogida parroquial; Reparto de ropa; reuniones de coordinación, formación, oración para voluntarios; participación o impartición de talleres, cursos, acciones de orientación laboral o cualquier acción de análoga naturaleza, y visitas a domicilio y a centros residenciales (salvo casos excepcionales), así como apoyo a la acción caritativa en los albergues de Toledo y Talavera de la Reina y la acción voluntaria en Hogar 2000.
Con carácter excepcional se mantienen las siguientes actividades de voluntariado:
A) Albergues para personas sin hogar en Villacañas, Sonseca, Herrera del Duque y Villanueva de Alcardete, por estar dirigidos a personas especialmente vulnerables sin ningún otro recurso. Se dotará a los voluntarios que deseen continuar este servicio una acreditación para que puedan desplazarse al albergue con la finalidad recogida en el apartado e) del artículo 7 del Real Decreto que declara el estado de alarma: «Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables». A los efectos de mantenimiento de esta actividad, se deben observar las siguientes normas: Prohibición de realizar acciones de voluntariados a mayores de 70 años y a personas con patologías previas, y obligación de observar las medidas preventivas y de protección encaminadas a controlar y reducir la transmisión del coronavirus.
B) El reparto de alimentos será en las siguientes condiciones: Se podrá facilitar un teléfono de urgencia en las Cáritas parroquiales (el del director u otro voluntario) para que en caso de necesidad de alguna familia acompañada por la Cáritas parroquial que necesite alimentos, se le pueda preparar y entregar cumpliendo las medidas preventivas establecidas. En los lugares donde haya economato se puede abrir para las familias que más lo necesiten, sin que pase mucha gente a la vez y manteniendo siempre la distancia de seguridad establecida entre las personas.
Gabinete de Comunicación de Cáritas Diocesana de Toledo